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jueves, 18 de octubre de 2012

¿Qué es el Per saltum?



Estos días, tras las declaraciones de Pichetto en el Senado, se está discutiendo un tema inexorablemente jurídico, la legalidad o constitucionalidad del per saltum. Para aclarar un poco las dudas, porque no todos estudian derecho, vamos a echar un poco de luz sobre este concepto nominado por esta curiosa locución latina. El per saltum es la avocación del tribunal de competencia superior, o en este caso la Corte Suprema de Justicia, sobre un tema tratado por un tribunal inferior. Para ser más claros es el conocimiento de una causa que se encuentra en primera instancia o ingresando a ésta por parte de la Corte Suprema de Justicia. Ahora ¿Por qué la Corte Suprema se interesaría en una causa sobre la cual no tiene competencia originaria (Recordemos que la CSJN tiene competencia originaria en cuestiones federales, es decir, conflictos entre provincias, nación, normas constitucionales, etc)? Por razones de interés general (Concepto que suena importante, pero realmente vago, y bastardeado para cualquier tipo de abuso por parte del poder de policía estatal), es decir que hay causas sobre las cuales la Corte en su rol de máximo tribunal desea conocer debido a la trascendencia institucional o social que poseen. Este instituto tiene creación pretoriana, es decir que fue creado por los mismos jueces, no está legislado en ninguna ley, y esto es lo que genera controversia de numerosos doctrinarios del derecho constitucional. En nuestra  opinión, este instituto es útil para agilizar el proceso de causas de magna relevancia, y la Corte como tribunal superior puede avocarse a temas que sean socialmente o institucionalmente trascendentes, pero también es cierto que para despejar polémicas la utilización por mera creación jurisprudencial no basta. Debemos apuntar, si estamos de acuerdo con esta figura jurídica, a legislarla. El Per Saltum presenta una salida con celeridad a procesos donde se ven afectados intereses sociales importantes, pero como contraposición también elimina la garantía de la doble instancia dentro del ordenamiento jurídico, y sólo deja la opción de recurrir a la Corte Interamericana, que como afirmó en varias opiniones consultivas no es una instancia más, ni un órgano revisor. Se debe llevar a cabo un debate real  sobre el tema, e informar a la sociedad con claridad. Tanto el monopolio de Clarín, que desinforma, por la manera tendenciosa que tiende a hablar de todos los temas, como el oficialismo no lograr explicar bien a la sociedad qué se discute cuando hablamos de este instituto, de aquí sale la idea de hacer esta nota. Más allá de esta explicación teórica, quisieramos agregar que repudiamos todo tipo de presión sobre el Poder Judicial. Es inaceptable que senadores oficialistas pongan en riesgo la independencia del poder judicial con discursos intimidatorios. La Corte Suprema de Justicia, en caso de que hablemos de un Per Saltum legal, tiene la potestad de elegir a qué tema avocarse, no hay necesidad de hacer reclamos intimidatorios desde el Poder Legislativo.

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